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02 agosto 2011

EL VOTO SECRETO Y EL DERECHO A GUARDAR SECRETO

Yo entiendo que el voto secreto vela porque el elector pueda ejercer de manera libre la voluntad de votar a quien quiera y eso me parece correcto. Ahora, esta popularizado que "cantar el voto" o decir "voy a votar a...:" y completarlo con el candidato es un delito o esta PROHIBIDO.

El art 142 del Código Electoral impone la pena de prisión a quien “revele su voto al momento de emitirlo”. Sin embargo el art 13 indica que "El elector tiene derecho a guardar el secreto del voto". Yo creo que la obligación es que estén dadas las garantías para asegurar que nadie pueda saber a quién vota el elector (para eso el cuarto oscuro y el sobre) sin embargo creo que no tiene sentido penar o sancionar a quien decide revelar a quien vota, y decide no hacer ejercicio del derecho de guardar el secreto del voto, tal como lo establece el art 13.

Uno tiene derecho a guardar el secreto del voto, pero es eso, un derecho que uno puede o no ejercer. De ahí que no entiendo como juegan el art 13 (derecho a guardar secreto) y el art 142 que pena con prisión a quien revela su voto. Alguien me ilumina con el tema? Gracias.

1 comentario:

TIN dijo...

Entiendo que la prohibición de revelar el voto tiene que ver con garantizar un voto libre de influencias, presiones, "sugerencias" de cualquier tipo. A mí me hincharía mucho las bolas ir a votar y que mi mesa sea un panel de 678, por ejemplo. Y que salte uno de la fila y empieza a putear a Cristina, lindo quilombo se armaría, y otro que salte "esto con menem no pasaba" (la debacle total)... se me ocurre que no revelar el voto es una forma de evitar que paso algo así